
La Corte Suprema de Justicia negó una nueva tutela presentada por Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia, quien buscaba desvincularse del delito de instigación a delinquir con fines terroristas. El alto tribunal ratificó la condena de cinco años y dos meses impuesta por el Tribunal Superior de Bogotá, basada en los hechos ocurridos en 2019, cuando la influenciadora dañó una estación de TransMilenio y participó en actos vandálicos, todo documentado en videos difundidos por ella misma.
Barrera alegaba que su condena vulneraba derechos fundamentales como la igualdad, el debido proceso y la libertad de expresión, pero la Corte determinó que la imputación era válida. Según el fallo, la difusión masiva de contenidos violentos tenía la capacidad de generar temor e incitar a otros a cometer delitos, justificando así la inclusión del agravante con fines terroristas. Esta es la segunda tutela que se le niega en este proceso, sumándose a una previa rechazada en abril por improcedente.
Actualmente, la defensa de Epa Colombia propuso acogerse a un proceso de justicia restaurativa. La idea es que la empresaria cumpla la pena mediante labores pedagógicas o de apoyo en el sistema TransMilenio, al que afectó en los hechos por los que fue condenada. La solicitud, que no implica impunidad, quedó en manos de un juzgado que decidirá si se inicia el proceso con participación del Inpec, la Fiscalía, el Ministerio de Justicia y TransMilenio.