El Ministerio del Interior ordena al Ministerio de Ambiente realizar consulta previa antes de cualquier decisión sobre la “Reserva del Bioma Amazónico”.

El 9 de octubre de 2025, el Ministerio del Interior, a través de su Subdirección Técnica de Consulta Previa, emitió el Oficio No. 2025-2-002410-044834, en el cual determina que el proyecto de resolución mediante el cual el Ministerio de Ambiente pretende declarar una reserva de recursos naturales renovables en el Bioma Amazónico colombiano constituye una medida administrativa sujeta al trámite de consulta previa.

El documento es categórico:

“…el proyecto de acto administrativo es una medida administrativa sujeta al desarrollo de consulta previa. En ese sentido, y habiendo un pronunciamiento oficial sobre el trámite de consulta previa, el proyecto de acto administrativo no se podrá emitir hasta tanto se inicie y culmine dicho trámite en debida forma.”

Esta decisión ratifica que ninguna resolución podrá ser expedida sin que se garantice el derecho fundamental a la consulta previa, libre e informada de los pueblos y comunidades étnicas potencialmente afectadas, conforme a la Constitución Política de Colombia, el Convenio 169 de la OIT, y la jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional (sentencias C-030 de 2008, T-129 de 2011, SU-123 de 2018, entre otras).

El pronunciamiento del Ministerio del Interior obliga al Ministerio de Ambiente a suspender cualquier avance del proyecto de resolución hasta que culmine el proceso de consulta previa, en respeto del principio de legalidad, la participación ambiental y los derechos colectivos del territorio amazónico.