Aquellos estudiantes que aspiran a ingresar a estudios superiores pueden acceder a la Política Pública de Gratuidad en la Matrícula, también conocida como Matrícula Cero, que consiste en un apoyo para jóvenes de estratos 1, 2 y 3 del país.
La política cubre a la población estudiantil de programas de pregrado teniendo en cuenta estudiantes antiguos: Aquellos que fueron beneficiarios del Programa de Matrícula Cero en el periodo 2021-2 y que no han incurrido en causales de exclusión resultado del proceso de validación del Ministerio de Educación Nacional, seguirán con este beneficio para el periodo 2022-1.
Mientras que los estudiantes nuevos, en reingreso o transferencia podrán ser beneficiarios cumpliendo con los requisitos determinados en el nuevo reglamento operativo:
Ser estudiante de un programa de pregrado.
Tener entre 14 y 28 años de edad (Aplica para estudiantes nuevos, en reingreso o transferencia para el periodo 2022-1).
Estar matriculado, tanto financiera como académicamente (registro de asignaturas) en el periodo académico 2022-1.
Pertenecer a estratos socioeconómicos 1, 2 o 3 e informar en la Oficina de Admisiones y Control de Registro Académico de la UPTC con su respectivo soporte.
No tener título profesional universitario ni de posgrados de cualquier institución, incluyendo especializaciones o posgrados de nivel técnico profesional, tecnológicas y de profesionales universitarios.
Ser colombiano.
La duración del beneficio se aplicará como máximo hasta el mismo número de períodos académicos que tiene definido el programa en el registro calificado donde recibe el beneficio.
En caso de que el número de desembolsos de matrícula ordinaria neta finalice y el beneficiario deba cursar periodos adicionales, estos deberán ser asumidos por el beneficiario con sus propios recursos.
El beneficio se puede perder:
Por haber accedido a la estrategia con información o documentación falsa o no veraz. Esta pérdida del beneficio se aplicará sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria, fiscal, penal u otras, a que hubiera lugar.
Cuando un estudiante pierda la condición de estudiante por motivos académicos, disciplinarios u otros que tenga estipulada la UPTC.
Expresa voluntad del estudiante, la cual debe ser comunicada a la Oficina de Admisiones y Control de Registro Académico de la UPTC.
La política prevé que un estudiante podrá suspender durante un máximo de dos periodos sus estudios sin que pierda los beneficios de la misma. Estos periodos pueden ser consecutivos o no. Al no matricularse durante un tercer periodo, se perderán los beneficios de la Política de Gratuidad de manera permanente.
Estar matriculado en doble programa en diferentes instituciones de educación superior públicas.
En caso de no aportar la información del estrato socioeconómico.
Superar el número de renovaciones de matrícula correspondiente al número de periodos de duración del programa académico de educación superior.
Perder la condición de vulnerabilidad socioeconómica definida en la Ley y los reglamentos operativos y específicos.
En el caso de que el estudiante pierda la condición de beneficiario por cualquiera de las causales anteriormente descritas o pierda la condición de beneficiario del Programa Generación E componente de Equidad, no podrá ser nuevamente beneficiario en el marco de la Política de Estado de la Gratuidad en la Matrícula que se contemplen.
Así mismo, hay que tener en cuenta que el MinEducación corroborará el cumplimiento de requisitos de acceso pertinente y en caso de que el potencial beneficiario no los cumpla de manera completa, su matrícula será reliquidada o cobrada y deberá ser asumida por el estudiante en el momento en que la Universidad sea informada de dicha situación.
La universidad validará el estrato socioeconómico del núcleo familiar del estudiante y velará por su veracidad. De no poder verificarse los datos suministrados, el estudiante se hará acreedor a las actuaciones disciplinarias correspondientes si la información otorgada por este no es veraz.
Si realiza un proceso de cancelación de semestre, asignaturas o abandona sus estudios, no procederá ninguna clase de reembolso por matrícula financiera.
A su vez, el Icetex y las entidades constituyentes de Fondos y/o Alianzas en dicho Instituto, modificarán los reglamentos de los programas de acceso y permanencia en la Educación Superior para que los estudiantes beneficiarios, con créditos educativos reembolsables o condonables vigentes, puedan hacer uso de esta. Más información en el reglamento operativo.
Fuente consultada : Revista semana