El tribunal administrativo de Nariño, decidió declarar nulidad del acto administrativo por medio del cual el concejo municipal de Mocoa eligió al sr. Oscar Alturo Hernández Ordoñez, como personero municipal.
La Falta de idoneidad de la entidad que realizó el concurso de méritos para la selección de Personero Municipal de Mocoa seria una de las causas para esta decisión.
La Comisión Accidental del concejo municipal de Mocoa en su momento advirtio posibles fallas y problemáticas con la elección del personero, situación que no se tomo en cuenta y algunos concejales permitieron este proceso y ahora se dan estos resultados.
El fallo de primera instancia emitido por el tribunal administrativo de Nariño, obedece a que el tribunal encuentra que la entidad escogida por el Concejo Municipal para realizar el acompañamiento en la realización del concurso de méritos, quien fue la FEDERACION NACIONAL DE CONCEJALES (FENACON), no era idónea a pesar de contar con la experiencia en varios concursos de selección de personeros, en su certificado de existencia y representación no cuenta con el código de “realización de concursos” de méritos y concluye que no se puede confundir idoneidad con experiencia.
Oscar Alturo Hernández Ordoñez, personero de Mocoa, «soy respetuoso de los fallos judiciales, sin embargo considero que en el presente trámite me presenté de buena fe a un concurso de méritos que gané en franca lic, presumiendo que las entidades escogidas y que intervinieron en la realización del mismo estaban amparadas bajo el principio de legalidad y contaban con la idoneidad para hacerlo, no obstante la omisión de verificación de parte del convocante hoy lesiona mi derecho al principio de buena fe, derecho a la confianza legítima, derechos laborales adquiridos y que en aplicación del debido proceso instaurare el recurso de apelación establecido en el artículo 67 de la ley 2080 que modifica el art 247 del código de procedimiento administrativo y contencioso administrativo para que suba al superior gerarquico y como órgano de cierre que es el Consejo de Estado tome una desicion de fondo».
Considerando que genera dudas, si el fin de la acción de nulidad electoral interpuesta por procurador judicial administrativo de Putumayo era realizar control posterior sobre la entidad que realizó el concurso en Mocoa, por que no instauró la
misma acción ante los municipios como Puerto Asis, puerto caicedo, Leguizamo entre otros que fueron asesorados también por la Federacion Nacional de Concejales
El Personedo municipal de mocoa finalizó diciendo «Por el momento seguiré, ejecutando mis funciones, en prevalencia de los derechos fundamentales, y del interés público de los habitantes del Municipio de Mocoa y en espera de una decisión que confirme o revoqué el fallo de primera instancia».